MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA DATOS E INFORMACIÓN
En la
Seguridad Informática se debe distinguir dos propósitos de protección, la
Seguridad de la Información y la Protección de Datos.
En la
Seguridad de la Información el objetivo de la protección son los datos mismos y
trata de evitar su perdida y modificación non-autorizado. La protección debe
garantizar en primer lugar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de
los datos, sin embargo existen más requisitos como por ejemplo la autenticidad
entre otros.
El motivo o
el motor para implementar medidas de protección, que responden a la Seguridad
de la Información, es el propio interés de la institución o persona que maneja
los datos, porque la pérdida o modificación de los datos, le puede causar un
daño (material o inmaterial). Entonces en referencia al ejercicio con el banco,
la pérdida o la modificación errónea, sea causado intencionalmente o
simplemente por negligencia humana, de algún récord de una cuenta bancaria,
puede resultar en pérdidas económicas u otros consecuencias negativas para la
institución.
En muchos
Estados existen normas jurídicas que regulan el tratamiento de los datos
personales, como por ejemplo en España, donde existe la “Ley Orgánica de
Protección de Datos de Carácter Personal” que tiene por objetivo garantizar y
proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las
libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y
especialmente de su honor, intimidad y privacidad personal y familiar]. Sin embargo el gran problema aparece cuando no existen
leyes y normas jurídicas que evitan el abuso o mal uso de los datos personales
o si no están aplicadas adecuadamente o arbitrariamente.




